ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA HOJAS ANCHAS
CAPITULO 1
Denominación - Domicilio - Objetivos
ARTICULO 1 La ASOCIACION estará integrada por los padres de familia y/o los acudientes autorizados, que eduquen a sus hijos en la INSTITUCIÓN EDUCATIVA HOJAS ANCHAS , que hayan cancelado la debida afiliación.
ARTICULO 2
OBJETIVOS: : Son objetivos de la ASOCIACION los siguientes:
- Procurar una coordinación entre padres y educadores, a fin de descubrir y conocer las inclinaciones y capacidades del educando y orientarlo hacia su pleno desarrollo.
- Impulsar la educación familiar y escolar y participar en la integración desarrollo y mejoramiento de la comunidad educativa compuesta por educandos, educadores y padres de familia.
- Desarrollar actividades culturales y de promoción social, que permitan elevar el nivel cultural de los padres de familia y que contribuyan a crear en los mismos, una firme actitud de cambio y participación en el destino de la sociedad, que busque ante todo un mayor conocimiento de la comunidad educativa y de la sociedad en general.
- Servir de órgano consultivo en lo referente a las relaciones entre los padres de familia y las directivas de la Institución
- Ejercer vigilancia permanente sobre los factores que atenten contra la integridad moral de la comunidad educativa.
- Servir como personera de los intereses de la comunidad educativa en el mantenimiento locativo del plantel, en la conservación de elementos, equipos de enseñanza y de un alto nivel académico, en la búsqueda de recursos de otras instituciones afines y en los demás que demanda la comunidad.
- Ofrecer al plantel, el concurso intelectual y moral necesario para la solución de aquellos problemas que perturben o afecten la formación integral de los educandos.
- Constituir, administrar, incrementar e intervenir su propio patrimonio.
- Canalizar las sugerencias que le sean formuladas por sus asociados, procurando resolverlas en coordinación con la Dirección del Colegio.
- Crear e implementar actividades tendientes a obtener un mayor bienestar de padres y estudiantes que se destacan por su alto rendimiento académico.
CAPITULO II
Constitución – Duración
ARTICULO 3
Todos los padres o acudientes autorizados de los alumnos matriculados en la INSTITUCIÓN EDUCATIVA HOJAS ANCHAS son miembros activos de la ASOCIACION, con idénticos derechos y obligaciones en especial, con derecho a voz y voto en la Asamblea General de Delegados. Son miembros activos, quienes hayan cancelado la cuota anual de afiliación.
ARTICULO 4
La duración de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA HOJAS ANCHAS , será indefinida, pero se disolverá y liquidará por voluntad de las tres cuartas (¾) partes de los miembros asociados, por cierre del plantel o por mandato legal.
ARTICULO 5
La ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA, se regirá, por los siguientes principios y valores:
- Libre voluntad de asociarse Participación democrática y autónoma en las deliberaciones o decisiones.
- Ausencia de cualquier discriminación de carácter social, religiosa, política, de raza o de nacionalidad.
- Compromiso y responsabilidad e interés por la Comunidad Educativa.
PARAGRAFO.- Queda prohibido a la ASOCIACION, participar en actividades contrarias a los fines señalados en los estatutos.
CAPITULO III
Gobierno de la Asociación
ARTICULO 6
El gobierno de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA, lo constituye:
a) La Asamblea General de la ASOCIACION, máxima autoridad de la entidad.
- La Asamblea General está compuesta por los padres de los alumnos matriculados en el plantel o por sus acudientes autorizados, que hayan adquirido el carácter de miembros activos. El retiro o cancelación de la matrícula, anula al padre de familia o acudiente el carácter de miembro de la ASOCIACION
b) Asamblea General de Delegados
PARAGRAFO.- Para una mejor operatividad la Asamblea General de delegados, funcionará a través de dos (2) delegados de cada curso, quienes serán elegidos entre los Padres de Familia que se postulen voluntariamente para dicho efecto en la primera Asamblea de cada Curso convocada por el Colegio al comienzo de cada año escolar. Además de lo anterior se elegirá un suplente, quien reemplazara a cualquiera de los delegados principales en sus ausencias temporales o definitivas.
c) La Junta Directiva, será elegida por la Asamblea General de Delegados, que se celebrara dentro de los tres (3) primeros meses de cada año, para períodos de un (1) año, y sus miembros podrán ser reelegidos por otros dos períodos, mas no por un cuarto consecutivo, siempre y cuando tengan la calidad de delegados de curso debidamente elegidos en los términos del parágrafo anterior del presente articulo.
PARAGRAFO: Cualquier miembro de la Junta Directiva de la Asociación del año inmediatamente anterior podrá ser reelegido, pero así mismo deberá tener la calidad de delegado de curso debidamente elegido y cumplir los requisitos descritos en el presente articulo.
CAPITULO IV
DEBERES DE LOS ASOCIADOS
ARTICULO 7
Son deberes de los asociados:
- Someterse estrictamente a los estatutos y reglamentos de la ASOCIACIÓN, así como acatar y cumplir las decisiones de la Asamblea de Delgados y la Junta Directiva de la misma.
- Asistir y participar activamente en los actos y reuniones de la asociación de padres a los que sean previamente convocados, aceptar y desempeñar en la mejor forma posible los cargos para los que fueran elegidos.
- Contribuir con el desarrollo y cumplimiento de los planes y programas propuestos por la Junta Directiva y La Asamblea General de delegados; presentar los proyectos e iniciativas que estimen convenientes para lograr los fines de la Asociación.
- Abstenerse de ejecutar actos o incurrir en omisiones que afecten o puedan afectar la estabilidad económica y financiera de la Asociación y de la institución y poner en riesgo el prestigio de la Institución educativa y especialmente guardar la más absoluta lealtad con la Asociación.
- Cumplir rigurosamente con el pago de la afiliación anual cuyo valor se fijará en la última reunión de La Asamblea General de Delegados que se celebra cada año y se avalará en la última asamblea general para el año siguiente, al igual que con los compromisos y obligaciones adquiridas con la asociación.
DERECHOS DE LOS ASOCIADOS
ARTICULO 8
Son derechos de los asociados:
- Elegir y ser elegidos como Delegados de Curso asistir a La Asamblea General de Delegados y para desempeñar cargos en la Junta Directiva y procurando el progreso y prestigio de esta Asociación: de conformidad con estos estatutos.
- Participar y beneficiarse de las diferentes actividades programadas por la Asociación.
- Ser informados de la gestión de la Asociación.
- Participar en el análisis y toma de decisiones en el seno de la Asamblea General de Delegados y ejercer el derecho al voto en la misma , tomando en cuenta que a cada asociado solo le corresponde un (1) voto por alumnos matriculados en el Colegio.
- Presentar a través de cualquiera de los miembros de La Asamblea General propuestas afines con los objetivos de la Asociación y reclamos relacionados con la gestión de los miembros de la misma.
- Retirarse voluntariamente de la Asociación.
- Asistir a las reuniones de la Junta Directiva con derecho a voz pero no a voto en las decisiones que se tomen en ella..
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL DE DELEGADOS DE CURSO
ARTICULO 9
Las reuniones de la Asamblea General de Delegados padres de familia serán de dos clases:
Ordinaria: Se reunirá por una (1) sola vez al año dentro de los 3 primeros meses de cada año.
Extraordinarias: Son aquellas que se efectúan en fecha diferente a las ordinarias y solamente se tratará en ellas, el temario consignado en la convocatoria respectiva.
ARTICULO 10
Dichas Asambleas de Delegados pueden ser convocadas por: el Presidente, la Junta Directiva, el Rector de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA HOJAS ANCHAS , quien es el presidente honorario de la ASOCIACION, el Revisor Fiscal o por solicitud de un grupo no menor de delegados que constituyan las tres cuartas (3/4) partes del total de Delegados de Curso.
ARTICULO 11
A las Asambleas General Ordinarias y extraordinarias de Delegados de Curso, serán convocados los dos (2) Delegados de Curso que sean elegidos en los términos del Parágrafo del Artículo Séptimo (7º) y Constituirá quórum en las mismas la mitad más uno de los miembros presentes y serán obligatorias para todos los Asociados las determinaciones que se tomen en dicha Asamblea.
La convocatoria para esta reunión, se hará con quince (15) días hábiles de antelación mediante carta de citación que se les hará llegar a los padres o acudientes delegados con los alumnos del colegio y/o a través de correo certificado.
ARTICULO 12
Las decisiones de la Asamblea General de Delegados serán obligatorias, cuando se tomen de acuerdo con los estatutos, reglamentos, disposiciones legales y por la mitad más uno de los delegados presentes.
ARTCIULO 13
Segunda Convocatoria: Si pasada media hora no existiere quórum deliberatorio y decisorio se dará inicio a la Asamblea con el número de asistentes que se hallen presentes y todas sus decisiones serán completamente válidas.
ARTICULO 14
Son funciones de la Asamblea General de delegados, además de las previstas en la ley y en los estatutos las siguientes:
- Elegir la Junta Directiva de la ASOCIACION durante la celebración de la Asamblea General de delegados Ordinaria de cada año
- Recomendar a la Junta Directiva de la Asociación la realización de proyectos indispensables para la buena marcha de la Asociación y conferirle las autorizaciones que juzgue necesarias.
- Decretar aportes extraordinarios o establecer cuotas especiales para fines específicos y reformar los estatutos de la ASOCIACION, cuando fuere el caso y someter dicha reforma ante la autoridad competente.
- Adoptar su propio reglamento y reformarlo cuando fuere el caso.
- Estudiar y aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de la Asociación presentado por la Junta directiva de la asociación
- Aprobar los Estados Financieros de cada ejercicio anual presentado por la Junta Directiva, Contador y Revisor Fiscal.
- Resolver las cuestiones que le sean propuestas por la Junta Directiva, Revisor Fiscal y los asociados.
- Elegir al Revisor Fiscal y a su suplente.
- Elegir al Presidente y Vicepresidente de la Junta Directiva de la Asociación.
- Estudiar y decidir el retiro de los miembros que a juicio de la Asamblea no deban pertenecer a la ASOCIACION.
- La Asamblea General de delegados podrá remover los integrantes de la Junta Directiva como consecuencia de irregularidades y/o enfrentamientos entre sus miembros y cuando sin justificación alguna no cumplan sus funciones como directivos o impidan el normal funcionamiento de la ASOCIACION. Para el efecto se convocará a Asamblea General Extraordinaria de Delegados por el Presidente de la Junta Directiva y/o El Presidente Honorario de la Junta Directiva y/o El Tesorero y/o El Revisor Fiscal y/o por solicitud de las tres cuartas (3/4) partes de la Junta Directiva y/o de los delegados de Curso..
- Conferir y/o delegar en la Junta Directiva o en su Presidente, facultades que le son propias.
- Aprobar o improbar el plan de trabajo que debe ejecutar la Junta Directiva entrante.
CAPITULO VI
De la Junta Directiva
ARTICULO 15
La Junta Directiva será el órgano ejecutivo de la ASOCIACION y adoptará su propio reglamento. Estará integrada por un Presidente, quien igualmente es el Representante Legal de la Asociación, un Vicepresidente, un Tesorero y su suplente, un Secretario y su suplente y CINCO (5) vocales, para un total ONCE ( 11) miembros.
ARTICULO 16
A las deliberaciones de la Junta Directiva, podrán asistir los delegados de curso con derecho a voz, pero sin voto. La Junta Directiva continuará en sus funciones mientras no sea reemplazada por la Asamblea General Ordinaria de Delegados de Curso que deberá cumplirse cada año .
ARTICULO 17
Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere:
- Ser padre de familia o acudiente autorizado de educandos matriculados en el plantel educativo y tener carácter de miembro activo.
- Demostrar interés por colaborar con el plantel en el cual están impartiendo educación a sus hijos o quienes representen como acudiente autorizado.
- No tener antecedentes penales.
- Ser mayor de edad.
- No tener parentesco dentro del primero grado de consaguinidad y primero civil con los demás miembros de la Junta Directiva.
- No tener vínculos comerciales con el Colegio ni con los demás miembros de Junta Directiva .los cuales deberán ser demostrados
ARTICULO 18
La Junta Directiva sesionará válidamente con la asistencia de la mitad más de uno de sus miembros y tomará las decisiones con el voto de la mayoría de los asistentes.
ARTICULO 19
La Junta Directiva se reunirá ordinariamente cada treinta (30) días y extraordinariamente cuando las circunstancias lo requieran, en virtud de convocatoria hecha por el Presidente, el Fiscal o por tres (3) de sus miembros, como mínimo.
PARAGRAFO.- Las deliberaciones, decisiones y resoluciones de la Junta Directiva, se harán constar en un libro de Actas, firmadas por el Presidente y el Secretario.
ARTICULO 20
Además de las funciones que por naturaleza le corresponden, o sea, la de velar por la realización de los fines esenciales de la ASOCIACION, la Junta Directiva, tiene las siguientes:
- Elaborar el plan de trabajo con base en los programas presentados por cada Comité y en estrecha colaboración con los directores del plantel.
- Constituir los comités de educación, bienestar y convivencia que crea conveniente para el desarrollo del plan propuesto y los demás que ordene la ley.
- Llevar a cabo a través de los Comités de Trabajo las actividades culturales y de promoción social, tendientes a lograr el mejoramiento de la comunidad educativa.
- Ejecutar las decisiones de la Asamblea General de Delegados
- Elaborar anualmente el presupuesto de ingresos y gastos de la ASOCIACIÓN, para la aprobación por parte de la Asamblea General de Delegados.
- Oír las solicitudes y sugerencias de los padres de familia y tomar las determinaciones del caso.
- Ordenar la apertura de cuentas corrientes bancarias y/o de ahorros a nombre de la ASOCIACIÓN.
- Cuidarse de la estricta y puntual recaudación de los fondos de la de asociación de padres de familia y velar por su seguridad y por la de todos los bienes, documentos y correspondencia de la entidad de manera permanente
- Velar por el cumplimiento de los estatutos de la ASOCIACION, y por las decisiones de la Asamblea General de delegados.
- Autorizar gastos e inversiones y demás actos de disposición de los bienes que integran el patrimonio de la ASOCIACION.
- Designar el reemplazo de los miembros de la Junta Directiva que deban ser retirados por faltar al cumplimiento de sus obligaciones y/o o se retiren voluntariamente. Dicha vacante será ocupada por el Delegado Suplente que haya sido elegido en la primera Asamblea de Curso y en su defecto por el Delegado que haya ocupado el puesto numero doce (12) y/o subsiguientes en la votación efectuada para la elección de Junta Directiva.
PARAGRAFO.- Queda prohibido a la Junta Directiva autorizar o hacer préstamos de los dineros de la ASOCIACION, a terceras personas o a los propios directivos.
ARTICULO 21
Los miembros de Junta Directiva permanecerán en sus cargos, hasta el momento en que la Asamblea General de Delegados elija los integrantes de la Nueva Junta.
CAPITULO VII
Del Presidente y del Vicepresidente
ARTICULO 22
El Presidente de la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA HOJAS ANCHAS será elegido por la Asamblea General de Delegados de Curso durante su reunión ordinaria anual.
Para tal elección se utilizara el sistema de POSTULACION por parte de los miembros de la nueva junta directiva que aspiren a ocupar dicho cargo, los cuales pondrán su nombre a consideración de la Asamblea General de Delegados, cuyos integrantes votaran en forma verbal por el candidato que estimen conveniente
Para la elección del Vicepresidente se adoptara el mismo procedimiento
Son funciones del Presidente de la ASOCIACION:
- Ejercer la representación legal de la ASOCIACION.
- Convocar e instalar las sesiones de la Asamblea General de delegados y presidir las de Junta Directiva.
- Hacer cumplir los acuerdos y resoluciones de la Asamblea General de delegados y de la Junta Directiva.
- Presentar en cada reunión de Junta Directiva el informe de gestión.
- Abrir cuenta (s) bancaria (s) a nombre de la Asociación de Padres de Familia de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA HOJAS ANCHAS , la cual para todos los efectos legales deberá registrar las firmas del Presidente y el Tesorero, así como la del Vicepresidente y el Tesorero Suplente, quienes suplirán en dicha gestión a los dos (2) primeros en sus faltas temporales o definitivas.
- Ordenar los pagos y demás gastos que demande el funcionamiento de ASOCIACION, de conformidad con las autorizaciones de la Junta Directiva. Para el efecto firmara los cheques y aprovisionara los pagos en efectivo conjuntamente con el Tesorero de la Junta.
- Designar los miembros de las Comisiones de Trabajo.
- Revisar y firmar las Actas de las reuniones de la Asamblea General de delegados y de la Junta Directiva.
- Elaborar el ORDEN DEL DIA, de las sesiones de la Asamblea General de delegados y de la Junta Directiva.
- Llevar a cabo todos los actos que fueren necesarios o convenientes para el progreso de la Asociación y del Colegio.
- Preparar los estados financieros mensuales y anuales.
- Las demás que le señale la Asamblea General.
ARTICULO 23
El Presidente de la Junta Directiva de la ASOCIACION, podrá celebrar contratos, emitir órdenes de compra y actos que conlleven al desarrollo del objeto social de la ASOCIACIÓN hasta por un valor equivalente a xxx (x) salarios mínimos legales mensuales vigentes, para el desarrollo de los fines de la ASOCIACION. Para la celebración de contratos mayores de la suma antes estipulada, deberá contar con la aprobación de la Junta Directiva.
ARTICULO 24
Corresponde al Vicepresidente, reemplazar al Presidente, ejerciendo las funciones y facultades de éste única y exclusivamente durante sus faltas absolutas, temporales o accidentales y colaborar con este en el ejercicio de las funciones que le correspondan.
CAPITULO VIII
Del Secretario
ARTICULO 25
El Secretario de la Junta Directiva y su suplente serán elegidos por los integrantes de la Nueva Junta Directiva en la primera reunión de la misma , utilizando el sistema de Postulación.
Son funciones del Secretario, las siguientes:
- Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias, tanto de Junta Directiva como de Asamblea General de delegados.
- Llevar una base de datos que contenga la Inscripción de asociados, llevar las Actas de la Asamblea General de delegados y Actas de la Junta Directiva.
- Ejercer las funciones de Secretario de la Junta Directiva y de las sesiones de la Asamblea General de delegados .
- Recibir y dirigir la correspondencia de la Junta Directiva y de la ASOCIACION.
- Mantener un banco de datos y el archivo general de la ASOCIACION, además llevar una lista alfabética de los miembros activos con su teléfono, dirección y ocupación.
- Refrendar junto con la firma del Presidente, todos los actos, acuerdos y resoluciones, relacionados con la entidad, los padres de los alumnos, los asociados, etc.
- Elaborar con el Tesorero y el Revisor Fiscal, un inventario de los bienes de la ASOCIACION.
- Las demás que le asigne la Asamblea General y la Junta Directiva.
PARAGRAFO.- Serán funciones del suplente del Secretario de la ASOCIACION, reemplazar al titular en sus ausencias o retiro definitivo y colaborar en la coordinación general del plan de acción anual.
CAPITULO IX
Del Tesorero
ARTICULO 26
El Tesorero de la Junta Directiva y su suplente serán elegidos por los integrantes de la Nueva Junta Directiva en la primera reunión de la misma , utilizando el sistema de Postulación.
Son funciones del Tesorero las siguientes:
- Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias, tanto de Junta Directiva como de Asamblea General.
- Llevar las cuentas de la ASOCIACION y proteger el patrimonio.
- Adquirir una póliza de manejo la cual será pagada con los Fondos de la ASOCIACION, La cuantía la fijará la Asamblea General.
- Revisar los Estados Financieros mensuales y someterlos al estudio de la Junta Directiva, para que dicho organismo lo presente a consideración de la Asamblea General de delegados para su aprobación.
- Elaborar y presentar el proyecto de presupuesto anual y presentarlo a consideración de la Junta Directiva para su aprobación, antes de ser presentado a la Asamblea General de delegados .
- Realizar los pagos autorizados, sujetándose al presupuesto aprobado por la Asamblea General de delegados y las normas estatutarias.
- Rendir informe de Tesorería a la Asamblea General de delegados cuando lo solicite alguno de los asociados.
- Elaborar el inventario de los bienes de la ASOCIACION, conjuntamente con el Secretario y el Revisor Fiscal.
- Recibir donaciones y auxilios de entidades oficiales y particulares e ingresarlos al patrimonio de la Asociación, previa aprobación de la Junta Directiva.
- Elaborar el Acta de Entrega, adjuntando el inventario y balance de los bienes de la ASOCIACION, al ser relevado de su cargo.
PARÁGRAFO PRIMERO: Le queda prohibido al Tesorero, tener en su poder y/o en el de terceros y/o en cuentas bancarias personales, los dineros de la ASOCIACION o negociar con ellos.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El Tesorero que se nombre como suplente, asumirá las funciones del titular única y exclusivamente en caso de ausencia temporal o definitiva del titular.
CAPITULO X
De los Vocales
ARTICULO 27
Son funciones de los Vocales:
- Concurrir a las reuniones de la Asamblea y de Junta Directiva con voz y voto.
- Colaborar con el Presidente, en el estudio y organización de los propósitos de la ASOCIACION.
- Presidir los Comités integrados por los asociados que no pertenezcan a la Junta Directiva.
CAPITULO XI
Del Revisor Fiscal
ARTICULO 28
El Revisor Fiscal y su suplente, serán elegidos por la Asamblea General, para el período legal correspondiente y no hacen parte de la Junta Directiva.
El Revisor Fiscal o su suplente deberán asistir a las reuniones de la Asamblea General y de la Junta Directiva, en las cuales tendrán voz pero no voto.
ARTICULO 29
El Revisor Fiscal y/o su suplente pueden ser miembros de la Asociación de Padres de Familia , pero no podrán tener la calidad de Delegados de Curso.
Son funciones del Revisor Fiscal:
- Controlar el buen empleo de los fondos de la ASOCIACION, de acuerdo con los estatutos y las normas legales vigentes.
- Rendir informe a la Junta Directiva y a la Asamblea General de delegados sobre las actividades de la ASOCIACION.
- Hacer inventario de conjunto de los bienes de la ASOCIACION, con la colaboración del Secretario y Tesorero, para presentarlo a la Asamblea General de delegados.
- Visar los comprobantes de ingresos y egresos que le presente el Tesorero.
- Denunciar ante la Asamblea General de delegados cualquier anomalía en relación con el manejo de los fondos de la ASOCIACIÓN.
- Vigilar el cumplimiento de los presentes estatutos, por parte de la Junta Directiva y de los asociados.
- Solicitar las reuniones extraordinarias a la Junta Directiva o de la Asamblea General de delegados, cuando haya razones que lo justifiquen.
CAPITULO XII
De los Delegados
ARTICULO 30
Son deberes de los delegados:
- Cumplir los presentes estatutos y las determinaciones de la Asamblea General de Delegados y de la Junta Directiva
- Concurrir a la Asamblea General de Delegados ya sea ordinarias o extraordinaria.
- Contribuir al cumplimiento y desarrollo de los planes propuestos por la Junta Directiva o los Comités de Trabajo.
- Participar en los debates de la Asamblea General de delegados, con derecho a voz y voto y presentar proyectos e iniciativas que estimen convenientes para lograr los fines de la ASOCIACION.
- Colaborar en las actividades programadas por la Junta Directiva de la Asociación.
- Aceptar cargos en la Junta Directiva.
ARTICULO 31
Son derechos de los delegados:
- Integrar la Asamblea General de Delegados, con derecho a voz y voto.
- Elegir y ser elegidos para desempeñar cargos en la Junta Directiva, de conformidad con los presentes estatutos.
- Asistir a las reuniones de la Junta Directiva en la cual, tendrán voz pero no voto.
- Solicitar del Presidente de la Junta o de cualquiera de sus miembros, la asesoría en los justos reclamos o peticiones ante la Directiva del plantel o ante funcionarios públicos.
ARTICULO 32
La calidad de asociado se pierde:
- Por retiro voluntario.
- Por decisión de la Asamblea General de Delegados, mediante votación de la mitad más uno de los miembros delegados presentes, previa investigación del caso.
- Por retiro del establecimiento educativo, del hijo y/o del estudiante que represente como acudiente autorizado.
- El Asociado delegado que no asista a dos (2) o más sesiones sin causa justificada y/o observe mal comportamiento a juicio de la Asamblea y/o Junta Directiva será reemplazado como delegado de la Asociación por el período correspondiente.
El retiro del asociado no implica devolución de el valor de la afiliación pagada por este a la asociación y en caso de matriculado el alumno y solicite su retiro de la institución por algún motivo antes de empezar clases la asociación descontara los tramites y gastos bancarios para la devolución de dicha afiliación
CAPITULO XIII
Del Patrimonio
ARTICULO 33
El patrimonio de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA HOJAS ANCHAS , estará constituido por todos los bienes que ingresen por concepto de auxilios o donaciones de entidades nacionales e internacionales, públicas o privadas, por particulares o los obtenidos mediante actividades realizadas por la ASOCIACION, que no lesionen el presupuesto familiar, especialmente en lo relacionado con contribuciones, cuotas, multas, etc.
ARTICULO 34
Los dineros que por cualquier concepto se reciban ingresarán a una cuenta bancaria a nombre de la ASOCIACION, con las firmas autorizadas.
ARTICULO 35
Para el manejo de sus fondos la Asociación podrá:
- Adquirir, enajenar, tomar o dar en arrendamiento bienes muebles a cualquier título.
- Contratar empréstitos con garantía real o personal.
- Mantener cuentas corrientes o de ahorros y constituir depósitos a término en entidades financieras, industriales o similares.
- Comprar o suscribir acciones, cédulas, bonos y otras clases de instrumentos negociables.
- Ejercer las demás actividades necesarias para incrementar sus ingresos y cumplir sus fines.
ARTICULO 36
Los fondos y elementos de la ASOCIACION, se destinarán única y exclusivamente a los fines que persigue ésta, de acuerdo con los presentes estatutos.
CAPITULO XIV
Estímulos y Reconocimientos
ARTICULO 37
La Junta Directiva creará distinciones honoríficas para los educadores, padres de familia y alumnos que se distingan por los servicios prestados al plantel y por su cooperación en el desarrollo de los programas que adelante la Asociación.
CAPITULO XV
MEDALLA AL MERITO
ARTICULO 38
La Junta Directiva de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA HOJAS ANCHAS impondrá al finalizar el año, medalla al mérito a aquel miembro de la comunidad educativa que más se aproxime al perfil exigido siempre y cuando se presente consenso por parte de los miembros de la junta y dicha condecoración se tengan en cuenta aspectos importantes como trayectoria perfil dedicación y entrega a la institución.
ARTICULO 39
Las reuniones de Asambleas Generales, de Junta Directiva y demás actos programados por la ASOCIACION, se llevarán a cabo en la sede del plantel o en el sitio que indique la Junta Directiva.
PARAGRAFO.- La ASOCIACION, deberá tener su sede dentro del plantel educativo, cuando las condiciones locativas lo permitan en caso contrario la institución asignara un sitio acorde para dicho fin.
ARTICULO 40
Cuando la Junta Directiva encontrare fallas en la marcha del plantel, solicitará al Rector, la información necesaria y estudiará conjuntamente la solución adecuada, que el problema requiera.
CAPITULO XVI
Disolución y Liquidación
ARTICULO 41
La ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA HOJAS ANCHAS , se disolverá y liquidará por voluntad de las tres cuartas partes de los Asociados, por cierre del plantel o por mandato legal.
ARTICULO 42
Todo asunto no previsto en los estatutos, deberá resolverlo la Asamblea General de delegados, con la aprobación de la mitad más uno de los delegados presentes, teniendo en cuenta las disposiciones legales.
El presente es el texto de la reforma de los estatutos, el cual fue leído, debatido y aprobado en la Asamblea General Extraordinaria de Delgados convocada y efectuada el día ____ del mes de __________ del año____________
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Presidente Secretario